546 .- Intereses a corto plazo de inversiones financieras
Descripción:
Intereses a cobrar, con vencimiento no superior a un año, de valores representativos de deuda y de crédito.
Cuentas relacionadas:
Movimientos al debe:
Se cargará:
* A la suscripción o compra de los valores, por el importe de los intereses explícitos corridos y no vencidos, cuyo vencimiento no sea superior a un año, con abono, generalmente, a cuentas del subgrupo 57.
* Por los intereses devengados, tanto implícitos como explícitos, cuyo vencimiento no sea superior a un año, con abono a la cuenta 761 ó 762.Movimientos al haber:
Se abonará:
* Por el importe de los intereses cobrados, con cargo a cuentas del subgrupo 57.
* A la enajenación, amortización o baja del activo de los valores, con cargo, generalmente, a cuentas del subgrupo 57 y en caso de pérdidas a la cuenta 666.Equivalencia en plan general contabilidad 1990:
546 Intereses a corto plazo de valores de renta fija