678 .- Gastos excepcionales
Descripción:
Pérdidas y gastos de carácter excepcional y cuantía significativa que atendiendo a su naturaleza no deban contabilizarse en otras cuentas del grupo 6 o del grupo 8. A título indicativo se señalan los siguientes: los producidos por inundaciones, sanciones y multas, incendios, etc.
Cuentas relacionadas:
Movimientos al debe:
Se cargará, por gastos excepcionales.
Movimientos al haber:
Equivalencia en plan general contabilidad 1990:
678 Gastos extraordinarios