902 .- Transferencia de pérdidas de activos financieros disponibles para la venta
Descripción:
Cuentas relacionadas:
Movimientos al debe:
Se cargará, al cierre del ejercicio, con abono a la cuenta 133.
Movimientos al haber:
Se abonará:
* En el momento en que se produzca la baja o enajenación del activo financiero disponible para la venta, incluidos los que hayan sido objeto de reclasificación, por el saldo negativo acumulado en el patrimonio neto con cargo a la cuenta 6632.
* En el momento en que se produzca el deterioro del instrumento financiero, por el saldo negativo acumulado en el patrimonio neto con cargo a las cuentas de los correspondientes activos financieros.
* En caso de reclasificación en una inversión mantenida hasta el vencimiento, por el saldo negativo acumulado en el patrimonio neto que se reconoce en la cuenta de pérdidas y ganancias a lo largo de su vida residual en los términos establecidos en la norma de registro y valoración, con cargo a la cuenta 761.Equivalencia en plan general contabilidad 1990:
NO